Información importante acerca de las tarifas debido a la Orden Ministerial CUD/330/2023, de 28 de marzo. Publicada con fecha 5 de abril de 2023 la Orden Ministerial CUD/330/2023 por medio de la cual se aprueba la metodología para la determinación de las tarifas generales. Pulse en el siguiente enlace para obtener más información

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NOTA INFORMATIVA - PAGO PROVISIONAL Y A CUENTA

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 186 d) del texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual en relación con la Disposición Adicional Segunda de la Orden CUD/330/2023, de 28 de marzo, AGEDI-AIE han notificado al Ministerio de Cultura las tarifas generales establecidas para la comunicación pública de fonogramas o reproducciones de los mismos y para la reproducción de fonogramas para su posterior comunicación pública, junto con sus correspondientes memorias económicas justificativas, para Emisoras de televisión de difusión inalámbrica y plataformas digitales, cableoperadores y otras entidades con oferta multicanal.

Estas tarifas generales reflejan las condiciones, principios y criterios contenidos en el marco jurídico vigente y, en particular, en los apartados 1, 2 y 3 del artículo 164 del texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, habiendo sido adaptadas a la metodología para la determinación de las tarifas generales aprobada por la Orden CUD/330/2023, de 28 de marzo, publicada en el BOE de 5 de abril de 2023 y que entró en vigor el 6 de abril de 2023.

Notas preliminares, definiciones y preámbulo Tarifas Generales 2023

NUEVAS TARIFAS GENERALES TELEVISIÓN 2023.

Sin perjuicio de lo expuesto, se ha admitido a trámite por la Sección Primera de la Comisión de Propiedad Intelectual, mediante acuerdo de 7 de junio de 2023 el procedimiento de determinación de tarifas E-2023-001 AGEDI-AIE/MEDIASET Y ATRESMEDIA instado por AGEDI y AIE para la determinación de tarifas por la comunicación pública de fonogramas publicados con fines comerciales o reproducciones de los mismos y por la reproducción para dicha comunicación pública para emisoras de televisión de difusión inalámbrica y plataformas digitales, cableoperadores y otras entidades con oferta multicanal https://www.boe.es/boe/dias/2023/06/20/pdfs/BOE-B-2023-18895.pdf

Alternativamente, hasta la determinación de las tarifas por la Sección Primera de la Comisión de Propiedad Intelectual, todos los usuarios podrán continuar aplicándose las mismas condiciones tarifarias que hasta la fecha, recordándoles que cualesquiera pagos que se realicen hasta el establecimiento de una tarifa definitiva continuarán teniendo la consideración de pagos a cuenta.

 

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